Aunque los cambios que se aprobaron en la ley de Tráfico ya van camino de cumplir año, todavía quedan conductores despistados que no saben cuánta multa corresponde a cada infracción ni qué tipo de acciones, exactamente, están sancionadas. Y es que, aunque estas modificaciones estuvieron enfocadas en endurecer algunas sanciones para reducir ciertos en riesgos durante la conducción (al menos, sobre el papel), en ciertos casos sí que cambiaron el gesto sancionable.
Por ejemplo, una de las multas comunes entre los conductores y que sí cambió el año pasado es el uso de dispositivos electrónicos durante la conducción. Mientras que antes estaba castigado el uso del teléfono móvil, ahora será sancionable el mero hecho de cogerlo en la mano, aunque no lo estemos usando. Igualmente, manipular el GPS durante la marcha o no llevarlo correctamente agarrado al salpicadero serán otras dos infracciones. Las multas por todas estas infracciones serán de 200 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir, en vez de los 3 o los 4 de antes.
Otra sanción habitual entre los conductores, tanto de turismos como de motos, es no usar el cinturón de seguridad o el casco homologado, no abrocharlo correctamente y no utilizar los sistemas de retención infantil pertinentes cuando viajemos con niños. Estas infracciones tienen asociadas multas de otros 200 euros y la pérdida de 4 puntos en el carnet de conducir.
Los excesos de velocidad, en primera posición
Los excesos de velocidad, tanto en ciudad como en carretera, siguen siendo una de las multas más frecuentes entre los conductores. Aunque no ha habido ningún cambio al respecto de estas sanciones, que se siguen manteniendo iguales, nunca está de más echar un vistazo a las tablas para saber cuánto es la multa si superamos los límites de cada vía.
Si superamos la velocidad en la vía en unos 20 kilómetros por hora, la multa serán 100 euros sin pérdida de puntos. En el otro extremo, está excederse en más de 50 kilómetros por hora del límite, una infracción muy grave que tendrá asociada la pérdida de 6 puntos y el pago de 600 euros de multa.
Cabe recordar a los conductores que, desde el año pasado, el margen para superar en 20 kilómetros por hora la velocidad máxima de circulación en carretera nacional para adelantar se suprimió el año pasado, por lo que ahora este gesto será sancionable con mínimo 100 euros de multa.
Multas por no tener la ITV al día
Por último, una de las sanciones más frecuentes en los últimos años ha sido no llevar la ITV al día. Los conductores deben recordar que circular con la pegatina de la ITV caducada, negativa o desfavorable comporta diferentes sanciones. En el primer caso, la multa son 200 euros.
Si circulamos con un resultado desfavorable en la ITV, la sanción será de la misma cuantía que en el caso de llevar la pegatina caducada, pero como lo hagamos con un resultado negativo la multa subirá hasta los 500 euros y correremos el riesgo de que nos inmovilicen el vehículo. Mejor estar atento, pedir cita en los centros de ITV y llevar estas revisiones al día.
Source: NoticiasCoches