Este es el dinero que tienes que pagar en impuestos por donar un coche a un familiar

Posted by

Las donaciones de vehículos no son tan poco frecuentes como pueda parecer, sobre todo entre familiares. ¿Quién no se ha quedado con el coche de sus padres o de sus tíos tras el poco uso que le daban estos al vehículo? Lo que a veces sí que se desconoce es que este tipo de traspasos deben ir acompañados de un par de trámites administrativos si se quieren evitar problemas.

En el momento que somos beneficiarios de la donación de un vehículo deberemos tener en cuenta que hay que pagar el correspondiente Impuesto de Sucesiones y Donaciones, regulado por cada comunidad autónoma y, por lo tanto, con diferentes excepciones en cada región.

El primer paso, sin embargo, es firmar un contrato con el que quede constancia de la donación. Según la DGT, este documento debe reunir los siguientes datos:

  • Datos del donante (nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF).
  • Datos del beneficiario (los mismos).
  • Datos del vehículo (marca, modelo y matrícula).
  • Fecha y hora en la que se firma el contrato.

Impuesto y tasas

Con este documento en mano procederemos a pagar el Impuesto de Donaciones correspondiente. Para saber cuánto nos toca pagar, deberemos acudir al órgano competente de la comunidad autónoma en la que resida la persona que va a recibir el vehículo. Tanto si tenemos que pagar como si estamos exentos, habrá que cumplimentar este trámite y guardar un justificante de un supuesto u otro en el que el vehículo, con matrícula o número de bastidor, quede identificado.

El último paso será cambiar la titularidad del vehículo, un trámite que se realiza en la DGT, online o presencial, y que cuesta 27,85 euros en el caso de los ciclomotores y 55,70 euros para el resto de los vehículos. Existen ciertas particularidades cuando el cambio se produce por una donación y, para reflejar que se trata de un caso particular, habrá que o bien indicarlo en la jefatura de Tráfico o bien acceder al trámite bajo el título ‘Cambio de titularidad – Casos excepcionales (*)’ en la sede electrónica de la DGT.


Source: NoticiasCoches