Antes de viajar con el propio vehículo al extranjero, es importante informarse sobre cómo operan las aseguradoras y qué necesitamos para estar cubiertos en caso de accidente de tráfico, seamos nosotros los responsables o no.
Habitualmente, las pólizas de seguros contratadas en España cubren la responsabilidad a terceros obligatoria, aunque es importante poder certificar que se tiene contrata la correspondiente póliza. Pese a esta generalización pueden darse situaciones complejas, como que la compañía aseguradora que tiene que hacerse cargo de los gastos e indemnizaciones esté en quiebra.
Ahora, el PSOE ha planteado un cambio legal en el Congreso para garantizar la cobertura en caso de accidentes de vehículos ocurridos en el extranjero cuando la aseguradora responsable esté en quiebra o en proceso de ella. Según ha informado Europa Press, es una enmienda a una ley ‘omnibús’ que se tramita en el Congreso para trasponer directivas europeas que, entre otros puntos, modifican la ley sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.
Ofesauto y el Consorcio de Compensación de Seguros
En esta enmienda, el PSOE quiere que, cuando un residente español tenga un accidente fuera de España (pero en un estado miembro de la UE), sea la Oficina Española de Aseguradoras de Automóviles (Ofesauto) quien asuma, entre sus funciones de organismo de indemnización, la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados cuando la aseguradora del vehículo responsable del accidente se encuentre en situación de quiebra.
En el caso contrario, cuando el accidente tenga lugar en España con un vehículo extranjero, este cambio contempla que sea el Consorcio de Compensación de Seguros el organismo que indemnice a los residentes españoles los daños y perjuicios causados por un vehículo asegurado en una entidad extranjera, siempre que esta incurra en un procedimiento de quiebra o de liquidación por insolvencia, independientemente del origen del vehículo.
Source: NoticiasCoches