Daños por lluvia e inundaciones: ¿quién se encarga de pagar la reparación del coche?

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Cuando nos sorprende una inundación o algún otro tipo de fenómeno natural extremo, la compañía de seguros que cubre nuestro vehículo no suele hacerse cargo de las reparaciones, ya que son hechos considerados extraordinarios. Los desastres naturales o situaciones imprevistas y poco probables no están cubiertos por las pólizas de seguros de coche.

¿Quién se encarga, entonces, de las reparaciones necesarias si nuestro vehículo ha sufrido daños por una tormenta, una inundación u otros desastres? Habrá que apelar al Consorcio de Compensación de Seguros, un ente público del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital cuyas actuaciones están reguladas por el Real Decreto 300/2004.

De haber sufrido algún tipo de daño ocasionado por un fenómeno extraordinario de este tipo, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se encargue de reparar los desperfectos y de dar las indemnizaciones necesarias.

Condiciones

Aunque sea este organismo quien se encargue de reparar los daños, la persona afectada por el suceso en cuestión deberá tener contratada una póliza de seguro para el coche, mínimo de responsabilidad civil, la obligatoria para conducir sin riesgo de ser sancionados. Además, esta deberá tener fecha de contratación anterior al desastre y, por supuesto, deberá estar al corriente del pago de las cuotas o anualidades.

En lo que se refiere a la cuantía de la indemnización, el Consorcio la calculará tomando como referencia la póliza y sus condiciones: cuantía del capital asegurado, las condiciones y límites del seguro… Si, por ejemplo, solo se tiene contratada la responsabilidad civil y los daños a terceros no habrá que preocuparse, ya que estos seguros cuentan con un recargo especial por riesgos extraordinarios, así que nuestro vehículo también estará cubierto.

A la hora de solicitar la indemnización, se aconseja tramitar la petición lo antes posible, aunque el plazo máximo para reclamar se establece en el artículo 23 de la Ley del Contrato del Seguro y es de dos años para daños materiales y cinco para daños físicos a personas.

El procedimiento se gestiona a través de la empresa aseguradora que tengamos contratada, quien se pondrá en contacto con el seguro. Una vez comunicado el siniestro a ambos, un perito del Consorcio evaluará los daños y los valorará. A partir de este momento, se podrá proceder a la reparación del vehículo.


Source: NoticiasCoches