Aquellos que compraron un coche entre el 2006 y el 2013 pueden ahora recuperar entre un 10% y un 15% del precio que pagaron por su vehículo, una cantidad que se traduce en más de 1.000 euros en muchos casos y que puede dispararse hasta los 9.000, dependiendo del modelo y la gama del automóvil comprado.
Los clientes que pueden acceder a estas indemnizaciones son aquellos que se vieron afectados por el llamado cártel de coches, una serie de pactos anticompetencia que acordaron numerosos fabricantes y que afectaron a los precios del mercado, perjudicando así a los consumidores.
Para poder acceder a las indemnizaciones, atendiendo a lo ya sentenciado por varios tribunales durante los últimos meses del 2022 y tras haber consultado a varias asociaciones y despachos de abogados especializados en estos temas; hay que seguir un cierto procedimiento, contar con la documentación adecuada y presentarla y, por supuesto, respetar los plazos de prescripción.
Qué es el cártel de coches
La CNMC descubrió que, durante los años 2006 y 2013, la mayoría de los fabricantes de automóviles estuvieron pactando una serie de acuerdos anticompetencia que afectaron a los precios de venta de coches del mercado, al comunicarse información confidencial.
Cuando la CNMC descubrió estas prácticas propuso una serie de sanciones a todos los fabricantes implicados que el Tribunal Supremo fue ratificando de una en una ante los recursos de las marcas hace apenas un par de años. A estas prácticas se las denominó cártel de coches, al igual que a otras similares como el de la leche o el de camiones.
Desde el primer momento en el que el Tribunal Supremo reconoció las prácticas anticompetencia llevadas a cabo por estos fabricantes, los afectados pudieron empezar a reclamar el sobreprecio pagado por los vehículos adquiridos en estas fechas, siempre que fueran capaces de demostrar que estos pactos les afectaron directamente.
Qué documentación necesito para reclamar
Hay tres documentos que hay que presentar sí o sí para que nuestra reclamación llegue a buen puerto. La factura o el pedido de la compra, el contrato de compra o de leasing, el impuesto de matriculación o el modelo de Hacienda 576, que todos los afectados deben haber pagado. Aunque después hayamos vendido ese coche o ya no lo usemos, siempre y cuando podamos probar que lo compramos y por qué precio lo hicimos será suficiente.
Después, durante el proceso, habrá que presentar un peritaje que demuestre el sobreprecio que tuvimos que asumir por el coche. Este documento es de especial importancia ya que de él depende la indemnización que se nos conceda al final, si el juez falla a nuestro favor. Es una prueba pericial difícil de elaborar ya que se trata de demostrar qué hubiera pasado en una situación hipotética, por lo que es conveniente escoger a un profesional para su redacción.
Cuál es el plazo para pedir la indemnización por el cártel
En las últimas sentencias favorables a los afectados por el cártel de coches se estipula que la fecha de prescripción para reclamar es de cinco años desde que el Supremo reconoció la existencia del cártel de coches y desde que ratificó las sanciones propuestas a cada uno de los fabricantes.
Esta línea de interpretación se desmarca del año de plazo habitualmente usado en estos casos y da más tiempo a los afectados para reclamar, aunque es conveniente cerciorarse de las fechas que atañen a cada caso particular, dependiendo del fabricante que esté implicado.
Source: NoticiasCoches