Anulada una multa de exceso de velocidad por un radar que incumple la normativa: todos los afectados podrían recurrir

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Para que las infracciones detectadas por un radar y las correspondientes propuestas de sanción que llegan por carta al domicilio del supuesto conductor infractor sean válidas, deben ir acompañadas de dos fotografías del momento en el que se detecta el exceso de velocidad. Así lo especifica la Orden ITC/3123/2010 que regula el control metrológico de los instrumentos destinados a medir la velocidad de vehículos a motor.

En caso de no cumplir esta norma, la sanción puede ser recurrida y, como ha demostrado hace apenas unos días un conductor gijonense, anulada. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo ha dictado una sentencia en la que anula una multa de un radar en la A-66 tras el recurso del conductor sancionado, que se dio cuenta de este fallo respecto a la normativa.

La sanción, de 100 euros con rebaja a 50 euros por pronto pago, había sido impuesta por la DGT al detectar este cinemómetro de la autopista ‘Y’ que el coche circulaba a 133 kilómetros por hora, 13 por encima del límite máximo. Al recibir la propuesta de sanción, el conductor reclamó que, efectivamente, solo había una imagen en vez de dos acompañando el documento.

El radar sigue multando pese al mal funcionamiento

La DGT trató de aportar, según relata El Español, la segunda fotografía ‘perdida’, pero el juez detectó que era un recorte de la primera imagen adjuntada, así que negó que fuera válida. Finalmente, y tras ir a juicio, el juzgado ha fallado a favor del conductor, anulando la multa y obligando a la Administración a pagar las costas del proceso judicial.

Y, peor aún, según relata Europa Press tras haber accedido a la sentencia, el juzgado de Oviedo establece que Tráfico sigue imponiendo sanciones por exceso de velocidad detectadas por este aparato, a sabiendas de que el radar, un multanova 6F-MR, sigue multando a los conductores pese a no cumplir con la normativa. Se estima que este cinemómetro ha interpuesto en lo que va de año más de 7.000 por un importe de más de 737.000 euros.

En un principio, todas las sanciones interpuestas por el radar serían nulas tras la publicación de esta sentencia, así que todos los conductores sancionados podrían reclamar el dinero pagado mediante un recurso extraordinario de revisión.


Source: NoticiasCoches