Abrigo, guantes, botas de montaña… Las prendas de invierno que no puedes llevar cuando conduces

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Con el cambio de estación llega, inevitablemente, el cambio de armario. Los abrigos más pesados, las bufandas y guantes, las botas… Este tipo de ropa y complementos más invernales cobra protagonismo en las calles y, aunque andemos calientes y no nos importe lo que piense la gente, hay que tener cuidado a la hora de subirnos al coche si vamos bien abrigados.

Y es que no vestir la ropa adecuada o el calzado óptimo para conducir puede acabar costándonos una multa de tráfico o, peor aún, un incidente de tráfico. Digamos que, si un agente nos ve con abrigo al volante, no es automático que nos vayan a sancionar, ya que esta conducta no está recogida como infracción en el reglamento. Dependerá de la interpretación del agente de tráfico y de lo que la ropa que llevemos puesta limite nuestra conducción.

200 euros de multa por conducir con guantes y abrigo

Son tres los artículos del Reglamento de Conductores por los que pueden sancionarnos si conducimos con abrigo o con guantes y las multas pueden llegar a alcanzar los 200 euros si se considera que ha habido negligencia por parte del conductor, aunque habitualmente rondan los 80 euros.

Los artículos que pueden motivar estas sanciones son, en concreto, el 17 y el 18, además del 3. Estos dos primeros señalan que, por un lado, el conductor debe estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo y, por otro, que debe mantener la libertad de movimiento y conducir con la posición adecuada para poder garantizar la seguridad y la capacidad de reacción durante la marcha.

Conducir con un abrigo voluminoso puesto limitará nuestra capacidad de movimientos y de reacción y, además, puede hacer que el cinturón de seguridad no funcione de manera adecuada si tenemos una colisión o accidente. Lo mejor es siempre quitarse el abrigo antes de empezar a conducir.

Igualmente, el artículo 3 especifica que se debe conducir con la diligencia y la precaución necesarias para «evitar todo daño, propio o ajeno». Por ejemplo, conducir con guantes que nos impidan agarrar el volante con firmeza entraría en conflicto con esta obligación, por lo que podría acabar siendo motivo de multa.

Los zapatos adecuados para conducir

Conducir con los zapatos inadecuados también puede motivar una sanción de tráfico, aunque lo más peligroso de no llevar el calzado correcto al volante es no poder reaccionar con la rapidez o la sensibilidad necesarias a los pedales del coche.

Las multas serían también de unos 80 euros por incumplir los mismos artículos señalados en los párrafos anteriores. Así, la DGT y otras asociaciones como el RACE detallan qué características debe tener el calzado idóneo para conducir: que no resbale de los pedales y proporcione una buena adherencia, que no tenga elementos susceptibles de engancharse, que no sea demasiado grande o pesado y que permita el movimiento de tobillo necessario para conducir con comodidad.


Source: NoticiasCoches