¿Quién paga una multa por una infracción en patinete eléctrico si el conductor es menor?

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Los jóvenes son el público que más uso hace de los patinetes eléctricos, sobre todo aquellos compartidos. Al no necesitar hacer una gran inversión para disfrutar de todas sus ventajas, son una gran opción de movilidad para este grupo de población que en muchas ocasiones todavía no dispone de carné de conducir pero que tampoco piensa en obtenerlo en los próximos años.

El uso de estos VMP también está controlado y regulado y debe seguir, al igual que el resto de vehículos, unas normas de tráfico que se encargan de mantener la seguridad vial de todos los usuarios del trazado urbano. ¿Qué sucede con las multas a patinetes cuando su conductor es menor de edad? Las sanciones de tráfico a bicis y patinetes no llevan asociadas pérdida de puntos en el carné, pero sí multas económicas.

Como ha explicado la DGT en sus redes sociales, serán «los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho» los que respondan solidariamente a las infracciones cometidas por los menores de 18 años que circulen en patinete o en bicicleta.

Las multas de tráfico para los patinetes eléctricos y bicis

Los comportamientos sancionables asociados al uso del patinete y que estos conductores deben estar atentos de evitar para evitar que las consecuencias de sus actos recaigan sobre los progenitores son:

  • Alcohol y drogas. Los usuarios de vehículos de movilidad personal tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (a partir de 500 euros) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 euros). Para los menores, la tasa es de 0,0.
  • Uso de teléfono móvil. Al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 euros.
  • Auriculares. También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En caso de ser detectados la multa será de 200 euros.
  • Casco y otros elementos de protección. Cuando sean obligatorios, bajo sanción de 200 euros.
  • Circular por aceras y zonas peatonales. 200 euros.
  • Con acompañantes. 100 euros.
  • Prendas reflectantes o sistema de alumbrado. Deben llevarlos de noche y en situación de baja visibilidad, bajo sanción de 200 euros.
  • Paradas y estacionamientos. Las ordenanzas municipales son las que establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de estos vehículos.


Source: NoticiasCoches