Conducir con prudencia es la mejor manera de evitar sanciones indeseadas. La ingesta de alcohol, un mal uso del cinturón o mover el coche con la ITV caducada son solamente algunas de las causas por las que las autoridades pueden interponer una elevada multa. No obstante, existen otras razones y algunas de ellas son desconocidas para la mayoría de conductores. ¿Un ejemplo? Colgar un ambientador del retrovisor.
Eso sí, no cualquier tipo de ambientador. Adornos, llaveros, crucifijos, rosarios, peluches y, por su puesto, también ambientadores, son muchos los objetos que pueden verse en algunos coches, pues se trata de una práctica habitual y completamente legal, siempre que no interfiera en la visibilidad del conductor. Algo fundamental para la buena circulación.
El artículo 19 del Reglamento General de Circulación prohíbe circular con un coche cuya superficie acristalada no permita al conductor la visibilidad total de la vía. En muchos casos, estos adornos y ambientadores son tan voluminosos que ponen en peligro la visibilidad. Lo mismo sucede, además, con aquellos que se llevan en la parte trasera: pueden, de la misma forma, resultar inseguros al obstaculizar la visión
La multa por obstaculizar la visión
De hecho, la Dirección General de Tráfico (DGT) puede multarte por llevar objetos en el espejo interior, pero también pegatinas u otros elementos que no permitan una visibilidad óptima. Si las autoridades interpretan que la superficie acristalada del coche no está lo suficientemente despejada o que el ambientador ocupa gran parte de la visión a través de la luna o del propio retrovisor, un agente de tráfico puede interponer una multa al usuario de 200 euros.
Además, hay que tener en cuenta que, según cómo esté situado, la sanción también podría darse con base en el artículo que obliga a la correcta colocación de los objetos transportados en el coche. Un bulto que limite la movilidad o dificulte la visión, conlleva una multa de 200 euros, mientras que si cayera a la vía (por la ventanilla, por ejemplo) por ir mal sujeto, la ley lo penalizaría con 500 euros y la pérdida de 4 puntos.
Otros motivos por los que puede ser inseguro
Más allá de las sanciones y, aunque el ambientador cumple una función tan eficaz como la de evitar los malos olores en el coche, hay otros motivos por los que podría resultar inseguro para el usuario.
- El movimiento. El movimiento del ambientador, no solo podría distraer al conductor, sino que, además, puede llegar a ocasionar daños en otras partes del coche, como el retrovisor o el cristal.
- Riesgos para la salud. La composición de algunos de estos ambientadores puede resultar perjudicial para la salud, al contener elementos dañinos relacionados por varios estudios con el desarrollo de enfermedades a largo plazo y/o problemas respiratorios.
- Suciedad. Es posible que algunos ambientadores se derramen, con la distracción que eso conlleva o acumulen polvo con el paso del tiempo.
Atención con soportes de móviles
De la misma manera que los ambientadores, son muchos otros los elementos que pueden interferir en una correcta circulación y, por lo tanto, ser motivo de multa. Los más habituales, sin embargo, son los soportes para teléfonos móviles porque, normalmente, además de interferir en la visión del conductor, incitan a utilizar el dispositivo durante la marcha. Algo gravemente penado por la ley de tráfico.
Los únicos soportes que acepta la DGT como opciones válidas y que deben estar siempre homologados para su uso son aquellos que se colocan por debajo de la zona de visión del conductor. Por lo tanto, queda terminantemente sancionado el utilizar los soportes para el móvil que se colocan pegados en el parabrisas del coche con una ventosa.
Source: NoticiasCoches